Es un procedimiento cuyas técnicas podrán ser utilizadas en benéfico de la humanidad (curación de enfermedades, creación de mejores razas de ganado, etc.), lo cual la Iglesia no considera ilícito el uso de estos medios, siempre y cuando se respeten la dignidad e integridad física y psicológica
del hombre. Ella dice que todo debe
hacerse respetando el orden establecido por Dios.
También, puede usarse, aunque cueste
decirlo pero es una realidad muy cercana, para la procreación y la
experimentación sobre seres humanos.
Nuevos hombres de laboratorio,
se podría decir un o varios Frankestein del siglo XXI. Con esto último se
quiere decir, que con el avance de la ciencia se puede exigir, por ejemplo que
el bebé pronto a nacer este dotado de determinadas características a gusto y a
elección de sus padres, o que nazca un niño superdotado, sin ninguna
enfermedad, o bien un niño que traiga la cura a enfermedades de otras personas
y muchas cosas más, que hacen ver al hombre como una máquina, como un
instrumento de laboratorio o un objeto.
En este proceso es muy importante conocer
la información de un cromosoma humano, esto llevó a un proyecto muy extraño y desconocido por mucho, pero
que hoy resuena en todas partes: El Genoma Humano, con él se pudo descifrar de
forma completa esa información cromosómica y que tipo de información transmite
ese gen.
¿Qué dice la Ley?
España, uno de los países más
desarrollados y avanzados legalmente en este tema, prohíbe la clonación humana o la creación genética de razas
humanas, según lo establece la " Ley sobre técnicas de reproducción asistida". Esto también es regulado
por el código penal, que en uno de sus artículos
castiga la alteración del genotipo con finalidad experimental y la fecundación de óvulos humanos con distinto fin de la
procreación humana. Por lo tanto el Genoma Humano es considerado como un bien
jurídico protegido y protegible.
Ahora,
el problema está en saber cuál es el límite y quien lo fija, porque por
ejemplo, nuestro Código Penal dice: " Queda prohibida toda manipulación
sobre el genoma excepto que sea para suprimir taras o enfermedades
graves."
¿A qué se refiere con taras o
enfermedades graves? Rápidamente podríamos decir que solo la manipulación
podría ser utilizada por aquellas personas con síndrome de Down, o sordas, o en
personas en estado vegetativo y muchas otras situaciones que
muestran a la persona con enfermedades graves o con riesgos de vida. En fin, esto podría llevar a confusiones
y a equivocaciones. Es así, que el dilema ético que se suscita va más allá de
la regulación jurídica.
ERNESTO SALAZAR QUINTO.
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